Última actualización: 09/02/2026 01:58 p.m.
La contratación y asignación de la obra pública por invitación restringida será para la obra cuyo monto sea mayor a los 90 salarios mínimos anualizados de la zona económica de la que forme parte el Municipio y hasta 220 salarios mínimos anualizados más IVA. Se podrá convocar a por lo menos tres empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, con la suficiente capacidad técnica y solvencia para llevar a cabo su ejecución..
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